Pensión Garantizada Universal
Aporte monetario Estatal, destinado a personas de 65 años o más, pudiendo acceder todas las personas que cumplan con los requisitos establecidos por la ley, independientemente que continúen trabajando o que reciban una pensión de algún régimen previsional, ya sea de capitalización individual o del antiguo sistema, con la excepción de las pensiones de Capredena y Dipreca.
Esto implica la obtención de aporte monetario mensual (Valor anual, establecido por IPS) para personas mayores de 65 años de edad o incremento monetario de aquellas pensiones de vejez percibidas en el sistema contributivo, que sean inferiores a lo establecido por la ley.
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